El Tribunal Supremo
ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya del
24/05/12
CCOO interpuso
un conflicto colectivo por el incremento salarial del año 2011 en el sector de
hostelería al considerar que la patronal del sector y la UGT habían firmado las
tablas salariales por debajo de lo que el propio convenio establece. El
Tribunal Superior de Justicia de Catalunya nos dio la razón en fecha 24/05/12,
y es ahora, el Tribunal Supremo en sentencia con fecha 19/07/12 notificada en
fecha 25/07//12 el que vuelve a dar la razón a CCOO.
Tanto UGT como la patronal firmaron unas
tablas en las que no se reflejaba el 1% en concepto de IPC previsto por el
Gobierno para el año 2011 (1%).
La justicia nos da la razón en el sentido de
que el IPC previsto por el Gobierno para el 2011 fue del 1%, condenando a las
partes firmantes a cumplir el convenio colectivo que ellos mismos firmaron en su
día y no han cumplido.
Para que nos hagamos
una idea de la repercusión económica que esta sentencia va a tener en más de
300.000 trabajadores y trabajadoras, en una persona que trabaje de camarero/a
en un hotel de 4 estrellas son 194.37 euros más al año (más su correspondiente
cotización) y en una persona que trabaje en colectividades como ASL son 173.26
euros más al año (más su correspondiente cotización).
Se trata de un
triunfo del conjunto de trabajadores y trabajadoras, en la lucha por el respeto
de los acuerdos de negociación colectiva y en la mejora de los derechos y
condiciones de trabajo.
Esta sentencia llega
en plena negociación del convenio colectivo así que esperamos simplemente su
aplicación y un desenlace favorable de la negociación del convenio en beneficio
de los trabajadores y de las trabajadoras.
¡Seguiremos
informando!
En Barcelona, a 25 de julio de 2012.
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